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Sección Sindical CCOO TRAGSATEC Madrid

CONVOCATORIAS DE AYUDAS DEL FONDO ESPECIAL DEL F.A.S. -TTEC.MADRID-

A continuación publicamos el comunicado que hoy se ha anunciado en las distintas oficinas de Madrid donde se abre el periodo de solicitudes para las ayudas del Fondo Especial que se definió en su días (ver http://comitetragsatec.blogia.com/2009/013001-comision-del-fondo-de-asistencia-social-madrid-.php). Se trata de un fondo que enriquece el espíritu solidario de cada componente del F.A.S. al intentar dirigirlo hacia aquellos compañeros que tienen más necesidades:

Acuerdo del Comité de Empresa con fecha 16-septiembre-2009, para regular las concesiones de ayuda según ‘Reglamento de Actuación de la Comisión de Asuntos Asistenciales (Fondo de Asistencia Social)’ aprobado el 17 de noviembre de 2008.

PREÁMBULO

Después de haber dado los primeros pasos con la articulación del Fondo Ordinario iniciamos el camino del Fondo Especial con la primera Convocatoria (Septiembre 2009), donde se articulan  tres ayudas que la próxima semana publicaremos. Además ya hemos recibido solicitudes para el Fondo de Emergencia, que se estudiará en una reunión del comité extraordinaria en diciembre, antes de cerrar el ejercicio de 2009.

Pedimos disculpas por el retraso en el anuncio de estas convocatorias, pero la gestión y reparto del Fondo Ordinario ha llevado más tiempo de lo que esperábamos, sobre todo por la dificultad en localizar a todos los compañeros adscritos a nuestro comité y que nos encontramos en múltiples oficinas por casi toda la geografía nacional, de las cuales no teníamos constancia, pues existen muchas personas asociadas a la Sede que no trabajan en ella. Además en este periodo asumimos la gestión del FAS de los compañeros que no tienen ningún comité que les represente (Castilla La Mancha, Extremadura, Canarias, ….).

Gestión de Fondos.

Después de examinar y estudiar varias posibilidades, el Comisión del FAS ha apostado por gestionar las Ayudas de las Convocatorias del Fondo Especial por año natural, pudiendo solicitar dichas ayudas justificando la pertenencia al FAS en los plazos de la solicitud de las mismas. Además no tendrán carácter retroactivo respecto a años anteriores.

También aprovechamos para recordar que el Fondo Ordinario sí tendrá carácter retroactivo de un año, es decir este año se articuló para los participantes del 2008, y el próximo año se hará para los participantes del 2009. Esto se debe a que el ingreso total se realiza a año vencido (realmente acabamos de recibir todo el dinero de 2009 el 31 de diciembre de 2009) y hasta esta fecha no podemos calcular la cuantía del mismo (este año se ha destinado 1/3 del mismo).

El fondo de Emergencia tiene siempre abierta la recepción de solicitudes por correo electrónico a cualquier responsable del Fondo (Juan Antonio, Rafa o Patricia –sus correos aparecen en la documentación) y se tratarán los casos en una reunión del comité a finales de año. Es un fondo con ‘ventanilla abierta’ todo el año y esperamos recibir más solicitudes.

A continuación os ponemos el documento de las ‘BASES DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS CON CARGO DEL FONDO EXTRAORDINARIO del F.A.S. TTEC. MADRID 2009 para los miembros del mismo’ que explican el procedimiento general de las convocatorias.

La próxima semana publicaremos y abriremos el plazo de solicitud de la CONVOCATORIA DE SEPTIEMBRE 2009.

TÍTULO I. DISPOSICIONES COMUNES

Art. 1º. - Ámbito de aplicación:

1. - Las presentes ayudas alcanzarán a los trabajadores  adscritos al mismo de la empresa TRAGSATEC, según último listado de personal que proporciona la empresa a la Comisión en el momento de la apertura de la convocatoria.

2. – Así mismo se excluirán de este régimen de ayudas a los miembros del Comité de FAS de este fondo.

Art. 2º. - Devengo: Los requisitos a que hace referencia el artículo anterior de este Acuerdo se han de cumplir en el momento de producirse el hecho causante de la ayuda social correspondiente.

Art. 3º. – Convocatoria y plazo de solicitud: La Comisión del FAS efectuará la/s convocatoria/s anual en la que se establecerán las cuantías y límites de las ayudas correspondientes al año natural. En dicha convocatoria se incluirán los modelos de solicitud de cada ayuda y se fijará el plazo de presentación de solicitudes y fecha de resolución de las mismas.

            En cada convocatoria existirán dos figuras:

a)         Solicitante. Definido por el artículo 1 de este documento

b)         Beneficiario. Definido según convocatoria.

Las SOLICITUDES se podrán enviar de dos formas:

§         Por Correo interno u ordinario a:

FAS-TTEC-MADRID

c/Julián Camarillo 6-B

28037 MADRID

Art. 4º. - Resolución: La Comisión de Gestión del FAS elevará al Comité de Empresa de Madrid las propuestas de resolución adoptadas por dicha Comisión, después de la comprobación, de la veracidad de los datos aportados por el solicitante.

Art. 5º. - Incompatibilidades: Con carácter general se establecen las siguientes incompatibilidades:

a)  Una misma ayuda, cuando los dos titulares trabajen en Tragsatec, se  percibirá en cuantía única.

b) Se declara incompatible la percepción de cualquiera de las ayudas incluidas en el Fondo de Ayuda Social, con la obtención de subvenciones por la misma contingencia por parte de una entidad de previsión social pública.

Art. 6º. – Cuantía y reparto: Las ayudas previstas de este Acuerdo se otorgarán de acuerdo con las cuantías y límites fijados en la correspondiente convocatoria.

En caso de no cubrir toda la cuantía reservada a una convocatoria el montante pasará al Fondo para un uso futuro.

Art. 7º. – Criterios de evaluación: Los criterios de evaluación previstas de este Acuerdo se especificarán en cada convocatoria.

Art. 8º. - Pérdidas: Será causa de pérdida o anulación de las ayudas, con la consiguiente obligación de devolver las cantidades percibidas y sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiera podido incurrir, la falsedad en las declaraciones formuladas en la solicitud, lo cual llevará implícito la imposibilidad de solicitar cualquier ayuda económica correspondiente al Fondo de Ayuda Social durante las dos convocatorias siguientes.

Art. 9º. – Consultas, Reclamaciones y Problemas: Para cualquier consulta, reclamación o problemas  en la tramitación e información de estas bases dirigirse a:

Patricia Tresgallo: ptf@tragsa.es

Rafa Prados: rpma@tragsa.es

Juan Antonio Gil: jagsu@tragsa.es

Se atenderá personalizadamente a cada interesado.

TÍTULO II. CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS AYUDAS

En este documento se desarrollan las BASES de los cuatro tipos de ayuda previstas para este año, que son:

1.      Ayuda por nacimiento.

2.      Ayuda a procesos de adopción y asistencia al embarazo.

3.      Ayuda a la dependencia y minusvalía.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Del 17 de Septiembre al 15 de Octubre de 2009 (ambos inclusive)

FECHA DE RESOLUCIÓN:

Antes del 4 de diciembre de 2009


TITULO III.- AYUDA POR NACIMIENTO

Debido a la inestabilidad económica y al encarecimiento del coste de la vida, cada vez se hace más difícil hacer frente a los gastos que el nacimiento de un hijo conlleva. Desde el FAS, con esta ayuda, se quiere colaborar con los trabajadores para hacer frente al desembolso económico que suponen los primeros meses de vida de un bebé.

Art. 1º. – SOLICITANTE: cualquier miembro del FAS que cumpla con las condiciones definidas en estas bases.

Art. 2º. -       BENEFICIARIO: Niño/a nacido en el año 2009 hasta la fecha de apertura de esta convocatoria y que cumpla los requisitos de la misma.

Art. 3º. -       CUANTÍA TOTAL DE LA CONVOCATORIA: 19.000 € (a repartir entre el total de beneficiarios).

Art. 4º. -       CUANTÍA MÁXIMA POR BENEFICIARIO: 300 €.

Art. 5º. -       DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

·         Fotocopia del DNI del solicitante.

·         Certificado de ingresos del año 2008 de Tragsatec.

·         Ultima nómina del solicitante del presente año donde se haya retenido la aportación al FAS.

·         Libro de familia: fotocopia.

Art. 7º. -       CUANTÍA DE LA AYUDA: la cuantía total destinada a esta convocatoria se repartirá de manera equitativa entre todos los beneficiarios aceptados. Si la cuantía máxima por beneficiario multiplicada por el número de éstos supera el total de la cuantía total de la convocatoria, el reparto por beneficiario se obtendrá con la siguiente fórmula: 

                Cuantía por beneficiario: cuantía total / nº beneficiarios

Art. 8º. -       REQUISITOS:

·         Ingresos máximos anuales brutos del solicitante en Tragsatec: 35.000 € / año.

Art. 9º. -       DISPOSICIÓN ADICIONAL:

Para los niños nacidos a partir de la fecha de final de la presentación de solicitudes (16 de octubre de 2009) hasta el 31 de diciembre de 2009 se establecerá un servicio de “ventanilla abierta” de manera que la solicitud de la ayuda sea inmediata al hecho causante.

La cuantía de la ayuda concedida en “ventanilla abierta” será la misma que la de la convocatoria ordinaria.


TITULO IV.- Ayuda a procesos de adopción y asistencia al embarazo

Cada vez somos más los que recurrimos a costosos proceso de adopción y asistencia al embarazo para cumplir nuestros deseos como padres o madres. Para facilitar el inicio de estos trámites se desarrolla esta ayuda.

Art. 1º. -   SOLICITANTE: cualquier miembro del FAS que cumpla con las condiciones definidas en estas bases.

Art. 2º. -       BENEFICIARIO: Solicitante o Cónyuge o pareja de hecho que conviva con el solicitante y que cumpla los requisitos de esta convocatoria.

Art. 3º. -       CUANTÍA TOTAL DE LA CONVOCATORIA: 5.000 (a repartir entre el total de beneficiarios).

Art. 4º. -       CUANTÍA MÁXIMA POR BENEFICIARIO: 400 €

Art. 5º. -       DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

·         Fotocopia del DNI del solicitante.

·         Certificado de ingresos brutos del año 2008.

·         Ultima nómina del solicitante del presente año donde se haya retenido la aportación al FAS.

·         Libro de familia o fotocopia

·         Fotocopia del Certificado de Idoneidad en caso de Adopción

·         Documento acreditativo del tratamiento seguido (certificado sanitario, factura/s del/os tratamiento/s, ….)

Art. 7º. -       CUANTÍA DE LA AYUDA: la cuantía total destinada a esta convocatoria se repartirá de manera equitativa entre todos los beneficiarios aceptados. Si la cuantía máxima por beneficiario multiplicada por el número de éstos supera el total de la cuantía total de la convocatoria, el reparto por beneficiario se obtendrá con la siguiente fórmula: 

Cuantía por beneficiario: cuantía total / nº beneficiarios

Art. 8º. -       REQUISITOS:

·         Ingresos máximos anuales brutos del solicitante en Tragsatec: 35.000 € / año.

TITULO V.- Ayuda a la dependencia y minusvalía:

Esta ayuda intenta paliar el incremento de gastos, no recogidas por la Seguridad Social, que supone el cuidado de personas dependientes según está definida en la Ley de Dependencia (LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia), dado el incremento de compañeros en cuyo entorno familiar ha aumentado el número de  estas personas.

Según la ley: ‘Dependencia: es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.’.

Además tomamos de la ley la clasificación del grado de dependencia (artículo 26.) para el cálculo de la cuantía:

a) Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.

b) Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.

c) Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal

Para la MINUSVALÍA, tienen la consideración de personas con discapacidad, a efectos del IRPF, los contribu­yentes que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100. El grado de minusvalía deberá acreditarse mediante certificado o resolución expedido por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) o el órgano competente de las Comunidades Autónomas. El Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, (BOE de 26 de enero de 2000), regula el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación derivado del grado de minusvalía.

No obstante, se considerará afectado un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 en el caso de pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y en el caso de pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. Igualmente, se considerará acreditado un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100, cuando se trate de discapacitados cuya incapacidad sea declarada judicialmente, aunque no alcance dicho grado.

Art. 1º. – SOLICITANTE: cualquier miembro del FAS que cumpla con las condiciones definidas en estas bases.

Art. 2º. -       BENEFICIARIO: Familiar de primer grado de consanguinidad y afinidad (padre, madre, suegro/a, hijo/a, yerno o nuera) del solicitante que cumpla con los requisitos de esta convocatoria.

Art. 3º. -       CUANTÍA TOTAL DE LA CONVOCATORIA: 31.000€ (a repartir entre el total de beneficiarios).

Art. 4º. -       CUANTÍA MÁXIMA POR BENEFICIARIO: 1.000 € / beneficiario.

Art. 5º. -       CUANTÍA DE LA AYUDA: la cuantía total destinada a esta convocatoria se repartirá según el siguiente cuadro: 

Grados y niveles

Cuantía

(euros)

Grado III Nivel 2.

1.000

Grado III Nivel 1.

800

Grado II Nivel 2.

500

Grado II Nivel 1.

400

Grado I Nivel 0

200

En caso de haber un número de solicitantes que supere la cuantía total de la ayuda, el reparto de las mismas se realizarán en orden ascendente de los ingresos del compañero haya tenido en 2008 según Certificado correspondiente.

Art. 6º. -       REQUISITOS:

·         Dictamen sobre el grado y nivel de dependencia y/o minusvalía, con especificación de los cuidados que la persona pueda requerir, emitido por la Comunidad Autónoma donde reside el beneficiario; o informe de la Seguridad Social si se están aún tramitando.

·         Estar incluido en la Declaración de la Renta de 2009 como ascendente o descendente.

Art. 7º. -       DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

·         DNI del solicitante y beneficiario –o fotocopias-.

·         Certificado de ingresos del año 2008 del solicitante –o fotocopia-

·         Documentación que acredite el grado de parentesco (libro de familia, certificado de acreditación de pareja de hecho del solicitante al posible beneficiario  -o fotocopia-).

·         Dictamen sobre Grado y Nivel de dependencia de la Comunidad Autónoma –o fotocopia-, o informe de la Seguridad Social. O certificado de minusvalía emitido por la Seguridad Social o Comunidad según preámbulo de este TITULO III.

·         Una nómina del solicitante del presente año donde se haya retraído la aportación al FAS –o fotocopia-.


SOLICITUD:

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre y Apellidos

 

 

Domicilio

 

Correo Electrónico:                                                                    tlf. de contacto:

 

Tipo de Ayuda: (marcar con una ‘X’ y se realizarán tantas solicitudes como ayudas se soliciten)

 

 

I

AL NACIMIENTO.

 

II

A PROCESOS DE ADOPCIÓN Y ASISTENCIA AL EMBARAZO

 

III

A LA DEPENDENCIA

 

 

DATOS DEL/OS BENEFICIARIO/S:

Nombre y Apellidos

 

 

Relación:

Nombre y Apellidos

 

 

Relación:

Nombre y Apellidos

 

 

Relación:

Nombre y Apellidos

 

 

Relación:

Nombre y Apellidos

 

 

Relación:

Nombre y Apellidos

 

 

Relación:

Nombre y Apellidos

 

 

Relación:

 

         En                                            a          de                                                         2009

 

                                                                              Firma,

 

 

ENVIAR A: FAS-TTEC-MADRID c/ Julián Camarillo 6-B. 28037 Madrid.

Nota1: No se tramitará ninguna ayuda que no cumpla los requisitos exigidos y que no aporte toda la documentación y datos requeridos. La autenticidad de dichos documentos es responsabilidad del solicitante.

Nota2: El solicitante acepta los términos y condiciones de estas Bases sin reservas.

 

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